Por Carlos E. López Castro
Muchos jóvenes de Medellín, seguramente han escuchado las palabras Presupuesto Participativo, más por ser beneficiados de éste y no porque se hayan tomado la molestia de averiguar todo lo concerniente. Aquí, en forma breve trataremos de contarles algunos aspectos para entender mejor la planeación del desarrollo de la comuna 10, La Candelaria.
Primero debemos saber que la Planeación del Desarrollo Local, según lo expresa el decreto 0697 de 2017: “Es el proceso técnico, político, permanente y sistemático de deliberación, concertación, definición de acuerdos y compromisos entre actores del territorio y es Estado, cuyo propósito es el desarrollo integral de la comuna o corregimiento”.
PLAN DE DESARROLLO LOCAL
Según el Acuerdo 28 de 2017: Un plan de desarrollo local " Es un instrumento de planeación participativa local, que se elabora a partir del acuerdo entre los actores del territorio y el Estado para orientar bajo un propósito común el desarrollo de la comuna y/o corregimiento. Está conformado por un diagnóstico, un componente estratégico de largo plazo con una temporalidad de doce (12) años y un programa de ejecución de mediano plazo de cuatro (4) años, que lo articula al plan de desarrollo municipal..."
CONSEJO COMUNAL DE PLANEACIÓN
El Consejo Comunal de Planeación es un escenario de planeación participativa, elegido para un periodo de cuatro años, creado por la Ley 1551 de 2012. Según el artículo 46 del acuerdo 28 de 2017: “Es atribución del consejo comunal y corregimental de planeación, liderar la concertación democrática que sustenta la planeación del desarrollo local de comunas y corregimientos, apoyando la promoción en el territorio de la participación ciudadana en la formulación y seguimiento de los diferentes instrumentos de planeación”.
COMITÉ GESTOR DEL PLAN DE DESARROLLO
Conformado en 2009 durante la segunda fase de identificación de estrategias y proyectos para el Plan de Desarrollo Local nace el Comité Gestor, espacio de deliberación que constituye una instancia de impulso, deliberación y reflexión del proceso de formulación y gestión del Plan de Desarrollo Local.
El Comité Gestor se encuentra conformado por los líderes y representantes de organizaciones sociales de la comuna, además de los actores públicos y privados que desarrollan sus acciones en el territorio de la comuna 10 – La Candelaria. Esta instancia le brinda legitimidad al proceso de formulación del Plan y es el apalancamiento más importante para el proceso de aprobación del mismo. Así mismo, vela por el correcto desarrollo de sus líneas y sus proyectos buscando el mayor y mejor impacto para la comunidad del territorio. Para su funcionamiento el Comité Gestor cuenta con una estructura que soporta cada una de las líneas del Plan de Desarrollo, así como un componente de comunicaciones que busca difundir las actividades desarrolladas en torno a él. Su estructura principal es: un coordinador, un secretario y 12 facilitadores. A su vez este Comité Gestor cuenta con un equipo facilitador que sirve de apoyo técnico a su gestión, buscando que las acciones que se desarrollan en el marco del mismo tengan completa coherencia y pertinencia con su hacer. Es así como el Comité Gestor de la comuna 10, La Candelaria, desarrolla periódicamente espacios para el encuentro, la socialización y el desarrollo de propuestas que buscan gestionar y velar por el cumplimiento del Plan de Desarrollo Local, convirtiéndose en el vigía del desarrollo territorial.
“El Consejo Comunal o Corregimental de Planeación es el responsable de liderar la concertación democrática que sustenta la planeación del desarrollo local de comunas y corregimientos, apoyando la promoción y ejecución en el territorio de la participación ciudadana en la formulación y seguimiento de los diferentes instrumentos de planeación; de definir los ajustes que se generen entre el valor de los proyectos priorizados a ejecutar con presupuesto participativo y el techo presupuestal asignado a la comuna o corregimiento y de informar a la comunidad, de manera consolidada, el orden de priorización de los proyectos”. (artículo 4 literal c del decreto 0697 de 2017)
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Es el 5 % del presupuesto ordinario del municipio de Medellín para ejecutar proyectos priorizados por la misma comunidad, según las necesidades de los barrios y comunas.
LO ÚLTIMO
El 24 de febrero del presente año, en reunión del Consejo Comunal de Planeación , se votó por una decisión muy importante. Se trata de la inversión de un remanente de Presupuesto Participativo por valor de $ 388.143.883, el cual fue votado por mayoría de 15 consejeros para que este dinero sea priorizado para el fortalecimiento de organizaciones sociales de la comuna 10, La Candelaria.
Por otra parte, en un comunicado del pasado 26 de marzo, relacionado al inicio de la ruta de Presupuesto Participativo, el subsecretario de Planeación Local y Presupuesto Participativo, Santiago Preciado Gallego, expresó: “Estamos comprometidos y queremos vincular a los Consejos Comunales o Corregimentales de Planeación (CCCP) a esta meta de sacar todas las fases de planeación de proyectos de la Ruta para priorizar en agosto y septiembre de este año. El reto es ser muy diligentes, trabajadores y comprometidos con los líderes y lideresas de Medellín para tener un 2022 con una ejecución temprana y eficiente”. Este fue un rápido recorrido para que nuestros jóvenes universitarios beneficiados con Presupuesto Participativo, por medio de Sapiencia, sepan de dónde y cómo se priorizan los recursos de educación.
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